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El Gobierno hace obligatorios los debates electorales en los medios de comunicación públicos

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El Consejo de Ministros aprueba, a propuesta del Ministerio del Interior, un anteproyecto de reforma de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General que, además, exige que los sondeos y encuestas publicados durante las campañas electorales den acceso a sus ficheros de microdatos

6l Consejo de Ministros ha aprobado en su reunión de este martes, a propuesta del Ministerio del Interior, un anteproyecto de reforma de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General (LOREG) que obliga a los medios de comunicación públicos a celebrar debates electorales y exige que las encuestas y sondeos difundidos durante las campañas electorales publiquen también los ficheros de microdatos.

Estas dos modificaciones estaban previstas en el Plan de Acción por la Democracia aprobado por el Gobierno el 17 de septiembre de 2024, que a su vez responde a las recomendaciones adoptadas por la Comisión Europea en 2020 y 2023 para dotar de mayor transparencia a los sistemas democráticos europeos.

El anteproyecto, en primer lugar, incorpora a la legislación electoral la obligación de celebrar, al menos, un debate durante cada campaña electoral en los medios de comunicación de titularidad pública, al que estarán obligados a concurrir las fuerzas políticas que compiten en esos comicios salvo causa justificada que sea aceptada por la Junta Electoral competente.

La reforma que el anteproyecto introduce en el artículo 66 de la LOREG fija por tanto la participación en los debates electorales de todos los candidatos de las formaciones políticas que obtuvieron representación en las anteriores elecciones equivalentes y abre la posibilidad de que intervengan también representantes de los que la Junta Electoral Central denomina “grupos políticos significativos”.

Estos ‘grupos significativos’ son aquellas formaciones políticas que concurren a las elecciones y que, pese a no haberse presentado a las anteriores equivalentes o no haber obtenido representación en ellas, en posteriores comicios en el

ámbito territorial del medio de difusión público de que se trate hayan obtenido un número de votos igual o superior al 5 por 100 de los votos válidos emitidos.

La obligatoriedad de celebrar debates no regirá para los medios de titularidad privada, pero la reforma precisa que, si estos deciden organizar debates electorales, deberán respetar los mismos principios que los medios públicos y que fija la LOREG: pluralismo político, neutralidad informativa, igualdad y proporcionalidad.

Microdatos anónimos

Respecto a la difusión de sondeos y encuestas durante los periodos electorales, la legislación vigente regula que deben ir acompañadas de una ficha que especifique la entidad que realiza el trabajo demoscópico, las características técnicas del sondeo, el texto íntegro de las cuestiones planteadas y el número de personas que han contestado a cada una de ellas.

El anteproyecto aprobado este martes añade al artículo 69 de la LOREG la obligación de dar publicidad también a los ficheros de microdatos, que son los datos individuales de una estadística y que deberán difundirse anonimizados con el fin de preservar la confidencialidad de la información.

Acceder en abierto a los datos individuales, anonimizados, permite garantizar la fiabilidad de una encuesta y facilita a la ciudadanía y a las entidades, públicas o privadas, comprobar los resultados del sondeo y extraer sus propias estimaciones.

Una vez aprobado el anteproyecto, el Ministerio del Interior va a recabar los preceptivos informes de la Oficina de Coordinación y Calidad Normativa del Ministerio de la Presidencia, Justicia y relaciones con las Cortes, así como de la Junta Electoral Central, para incorporar sus apreciaciones antes de remitir de nuevo el texto al Consejo de Ministros para su aprobación definitiva como proyecto de ley.

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